La compañía será sancionada cuando:
En estos casos la entidad o las entidades de gestión podrán solicitar del tribunal la adopción de las medidas cautelares procedentes conforme a lo dispuesto en la Ley 1/2000, de 7 enero, de Enjuiciamiento Civil, y en concreto, el embargo de los equipos. Los bienes así embargados quedarán sujetos al pago del canon y del impuesto por demora que asciende a euribor + 7% sobre el importe del canon impagado.
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